jueves, 9 de febrero de 2012

MUNDO LABORAL: DERECHOS LABORALES, CONTRATOS Y DEMÁS



Siguiendo con la gloriosa tradición mía de subir artículos basados en mis apuntes sobre charlas y formación interna de la UJCE, he aquí un post sobre sindicalismo y cuestiones laborales(a la orden del díagracias a Mario Monti y sus declaraciones sobre el trabajo fijo), todo básico para gente como yo que nunca ha trabajado ni enfrentado al mercado laboral (mercado porque para ellos sólo somos mercancía). Dar las gracias al camarada del PCE, militante (de los buenos) de CCOO Fernando Ibáñez, ponente de la charla.

INTRODUCCIÓN: el devenir de los derechos laborales


La lucha del primero de mayo nace de una jornada reivindicativa en USA en el que hubo una represión muy dura,la reivindicación por la jornada laboral de 8 horas. Hoy en día mas de 130 años después seguimos por las 8 horas… parece que nuestra evolución ideologica se haya estancado.En los años 20 fue en el periodo donde se consiguió esa jornada de 8 horas. Hoy en día al que pida menor jornada laboral sin descenso salarial se le tacha de loco, de ir contra el sistema económico, que daña la competitividad, pero todas las grandes empresas del principio del siglo XX también tenían 8 horas y el ratio de productividad de un trabajador ha aumentado, pero no ha mejorado para el trabajador, sino todo ha ido a parar a la plusvalía.

Existe un problema serio: los trabajadores viven bajo un sistema ideologizado, creemos que no somos una parte, que somos iguales que un accionista en el sistema productivo. SOMOS CLASES ANTAGÓNICAS. Hay gente q dice que ese aumento de productividad ha venido por los avances tecnológicos: pero un avance tecnológico lo hace un trabajador contratado para diseñar, luego la clase trabajadora.Si hay riqueza es porque alguien la costruye: la clase trabajadora.

Hubo un momento determinante en la historia de la clase obrera: revolución rusa del 17, que hizo que mucha gente se pusiese nerviosa. En 1917, gracias a la Revolución, surgen conceptos revolucionarios en el tema laboral:

-Trabajo a destajo (destajanov): concepto q aplicado a un país capitalista es perverso: cobras según tu rendimiento,en una empresa en la que hay polivalencia de puestos que productividad se marca?¿ X ejemplo el que hace tornillos se entiende, pero el que limpia en base a que le miras el rendimiento?

-planificación productiva:no referido únicamente a una economía planificada por el estado sino a la planificación dentro de cada empresa según las necesidades del mercado.

-PRODUCTIVIDAD BASADA EN LA NECESIDAD Y NO EN EL AUMENTO DE CONSUMO: tuvo su contrarréplica capitalista: hacer creer a la población de que tenían más necesidades (crearon necesidades nuevas),es en ese momento en el que comienza un control desorbitado de los medios de propaganda, el cual dura hasta hoy.

La existencia de la URSS fue un faro para las luchas del dia a dia, en una Europa que vivio una guerra o en España una dictadura fascista (ideología falangista-paternalista de patronos obreros juntos tirando del país). En esa España los trabajadores se podían poner a leer el Capital, pero lo que realmente les interesaba eran las condiciones laborales, lo que pasase en el otro lado del muro era importante: era una esperanza, un “es posible”.

Todo esto acabó en el 1991 y aquí en España en un proceso que empezó en el 77 (superación del franquismo) a la oligarquía le interesaba que sus productos se pudieran vender en el extranjero y para ello querían un marco legislativo q lo hiciera posible: estatuto del trabajador. El estatuto de los trabajadores es ese marco, ha sido reformado miles de veces, y siempre a peor. Una de las reformas mas importantes es en el 95, se actualiza en el 2011 y es posible que este año lo vuelvan a hacer. El estatuto es el documento donde aparecen todos los derechos y deberes de los trabajadores asalariados, es la “biblia” del trabajador. En el aparece el contrato de trabajo, es lo MAS IMPORTANTE PARA UN TRABAJADOR, hemos de pedir que nos hagan contrato, pues es el documento jurídico que nos une al empresario: donde vienen marcados derechos y deberes. Hay 12 tipos de contrato generalistas:


CONTRATOS:


1: CONTRATOS INDEFINIDOS ("CONTRATOS FIJOS")

1.1 CONTRATO PARA EL FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA: a mayores de 30 y menores de 45, para colectivos “mas maltratados” (en tiempos para mujeres x ej.) Es el que sirve para hacer indefinido a los trabajadores.

1.2 CONTRATO INDEFINIDO: Se distingue por no tener fecha de fin, realmente no existe el contrato fijo desde 1995.

1.3 CONTRATO INDEFINIDO PARA MINUSVÁLIDOS: perverso, pues les distingue por ser minusválidos. Como sindicalistas minusválidos hay pocos, pues ha habido poca reivindicación en contra de este tipo de contrato.Se les considera que no tienen proyecto de vida, se espera que viva con sus padres…etc para pagarles menos de lo que merecen por su trabajo.

2: CONTRATOS FORMATIVOS

2.1 CONTRATO EN PRÁCTICAS: máximo duración de 2 años, mínimo se paga el 70% del convenio colectivo, ha de haber cierta tutela del empresario en materia formativa.Se suele utilizar como contrato de prueba.

2.2 CONTRATO PARA LA FORMACIÓN: con la nueva legislación ya se han dado casos en el que hay empresas q contratan de formación durante un mes, trabajando como todos, la empresa recibe subvención del inaem y luego lo despide sin pagarle.










3 CONTRATO DE DURACIÓN DETERMINADA

Son los contratos eventuales, ha de venir muy especificado para lo que se le haya contratado.

3.1 CONTRATO POR OBRA Y SERVICIO DETERMINADO: Es muy utilizado en la construcción. Tiene indemnización por su finalización (no es finiquito, eso es otra cosa).

3.2 CONTRATO EVENTUAL POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN: se utiliza en empresas que tienen trabajadores indefinidos, para picos de producción concretos (centros comerciales en campaña navidad por ejemplo) Se hacia fraude de ley de estos contratos a través de su concatenación, que hasta hace poco estaba prohibida, ahora NO (gracias PSOE cómo se nota que te preocupas por los trabajadores).

3.3 CONTRATO DE SUSTITUCIÓN O DE INTERINIDAD: sustituyes a un trabador que este en baja, su duración es hasta la llegada de quien esta fuera (cabe señalar aquí que ante la falacia que utilizan los empresarios de que "la gente se coge la baja cuando quiere y no trabaja", las bajas las firman los médicos luego si ellos firman bajas será por algo, o bien el problema viene por su parte, no por el trabajador enfermo).

3.4 CONTRATO DE INSERCIÓN: para colectivos concretos: exclusión social, ex penitenciarios, etc.

4 CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL

No ocupan la totalidad de la jornada en un año (computo total de horas anuales).

4.1 CONTRATO DE RELEVO:puede ser relevo indefinido o x años. Es un “buen” contrato (curioso,pues lo fomentó el PP) es como se ha hecho indefinida a la mayor parte de jóvenes de este país en las grandes empresas. Prejubilas a alguien (a los 60) y llega un relevista que curra por él hasta que se jubila el trabajador prejubilado. Relevado hace 15% de la jornada, la empresa le paga ese 15%, el resto el ESTADO (con este contrato el estado pierde pero los trabajadores están contentos pues pueden llegar a hacerse fijos y los patrones también están contentos pues se ahorran el pagarle la antigüedad y el joven tiende a ser más productivo).El principal miedo que puede tener un obrero con este tipo de contrato, es que pueden despedirte después de que se jubile el trabajador prejubilado.

4.2 CONTRATO A TIEMPO PARCIAL: Con una jornada a tiempo parcial se trabaja menos horas que las del convenio. Se suele dar en empresas de tipo juvenil y se abusa de que es un salario complemento, es decir,al ser joven presuponen que sólo lo quieres para tener dinero extra para salir de fiesta y así.

4.3 CONTRATO FIJO-DISCONTINUO: El trabajador está con un contrato indefinido durante 9 meses,y los otros 3 meses está en el paro. Es un trabajo estacional que suele gustar en el mundo agrícola (aprovechan el verano para cultivar sus propias tierras).Ahora se está extendiendo porque realmente todas las industrias tienen meses clave todos los años en que tienen picos de producción (por ejemplo las baterías de coche se venden más en invierno).


NOMINA Y SALARIO,VACACIONES...

Salario: aquello que te pagan en dinero o especie. Un finiquito o una indemnización no está considerado salario. Una nómina es muy importante pues es la prueba contractual de cualquier cosa: viene reflejado si has faltado un día, un permiso retribuido… la nómina es una prueba, NO HAY QUE ROMPERLA. Al firmarla das el visto bueno a esa nómina, así que también se recomienda no firmarlas nunca cuando la recibes sino cuando la miras con detenimiento(lo mismo pasa con el finiquito: lo prorrateado, indemnización si hay derecho, los días que te faltan de trabajar hasta la próxima nómina, etc. Lo que hay que hacer es firmar como no conforme, te dan una copia y lo revisas, porque suele haber errores)En la nómina tienen que aparecer:

-Devengos: las retenciones

_IRPF

_sueldo

_días que has faltado, y así.


En cuanto a las vacaciones, la regla general es de recibir 2,5 días por mes trabajado, por lo tanto sale un total de 30 días por año (naturales). Por último, hay que saber que las horas extras no cotizan a la Seguridad Social, luego si en algún momento el jefe te comenta de hacer algún tipo de "chanchullo" y que te pasen x horas a horas extras hay que negarse, lo hacen para ahorrarse en el pago a la Seguridad Social.


CONVENIO

Pieza fundamental de la negociación colectiva. En estos momentos hay ataques brutales de los medios, lanzando mensajes del estilo de: "para que voy a ir con el convenio", "lo negocio yo mismo, que seguro que lo hago mejor" o "para que sea en pie de igualdad trabajador.-empleador hemos de negociar nosotros solos"…este tipo de mensajes busca acabar con las uniones obreras y hace perder fuerza al trabajador, pues no estaremos nunca en pie de igualdad con el empresario y menos si estamos solos.

Tiene rango de ley y se publica en el BOE o en el boletín oficial de la CCAA, en el caso de empresas más pequeñas. Existe el convenio sectorial (existen estatales, provinciales) y el convenio por empresa, éste último ha de adaptarse al primero. Todo lo que viene en el convenio puede ser negociado por las dos partes durante la vigencia del mismo. La comisión negociadora la elige el comité de empresa o en ámbitos más amplios delegados sindicales (hay que tener un 10% de representantes sindicales para poder entrar en la mesa negociadora).

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